Podrás incorporar cargas a tu seguro en el inicio de vigencia de tu póliza, al momento de completar la Solicitud de Incorporación.

De acuerdo con el tipo de seguro, durante la vigencia de la póliza y dentro plazo allí establecido, podrás incorporar a tus:

  • Hijos recién nacidos.
  • Cónyuge o conviviente civil de matrimonio o acuerdo de unión civil efectuados recientemente.
  • Conviviente no civil con hijos en común en caso de que el nacimiento sea reciente.

La incorporación de una nueva carga debes gestionarla con el encargado del seguro en tu empresa y completar un formulario con los datos de las nuevas cargas. La vigencia del seguro comenzará el primer día del mes siguiente a la aceptación de la incorporación de las cargas por parte de la compañía.